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Campaña para la universalidad y eficacia del sistema del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI)

El desafío: luchar contra la impunidad por los crímenes internacionales

El siglo XX estuvo marcado por conflictos armados y la comisión de crímenes que conmocionaron la conciencia de la humanidad. Luego de la Segunda Guerra Mundial, se establecieron los tribunales militares internacionales de Nuremberg y Tokio para llevar a los perpetradores de éstos crímenes ante la justicia, poniendo fin a la impunidad que caracterizó al período entre las dos Guerras Mundiales. Con la adopción de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en 1948, que dispone el establecimiento de un tribunal penal internacional, la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU) invitó a la Comisión de Derecho Internacional (CDI) a trabajar en el proyecto del estatuto de un órgano judicial internacional permanente para juzgar a los acusados de genocidio y otros delitos en virtud del derecho internacional.

Con el advenimiento de la Guerra Fría, el concepto de un sistema de justicia penal internacional fue "congelado" durante varias décadas. En 1989, con la caída del muro de Berlín, la AGNU decidió reasignar a la CDI el establecimiento de tribunal penal internacional por medio de una resolución adoptada por unanimidad. Esta resolución había sido redactada y presentada por el Primer Ministro de Trinidad y Tobago, el Sr. ANR Robinson, MP. El Sr. Robinson fue miembro del Comité Ejecutivo de PGA que ayudó a establecer el Programa de Derecho Internacional y Derechos Humanos de nuestra red parlamentaria.

En la década de 1990, el mundo una vez más fue testigo de atrocidades indescriptibles cometidas en la ex-Yugoslavia y en Ruanda. Ante la inacción de la Comunidad Internacional para poner fin a estas atrocidades masivas, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) decidió establecer tribunales ad hoc para cada una de estas situaciones en 1993 y 1994. Estos eventos reimpulsaron a la CDI en 1994 a producir un proyecto de estatuto para un tribunal penal internacional, que fue presentado para consideración del Comité Ad Hoc de la ONU sobre una Corte Penal Internacional (CPI) en 1995. Ese mismo año, Italia ofreció a la AGNU organizar y patrocinar una Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios para la adopción de un estatuto de una CPI. La AGNU aceptó la oferta y estableció un Comité Preparatorio para el Establecimiento de una CPI en 1996-1998. Este Comité transmitió el texto de un proyecto de estatuto a la Conferencia Diplomática de Roma. La Conferencia de Roma tuvo lugar del 15 de junio al 17 de julio de 1998 y finalizó con la aprobación del Estatuto de Roma de la CPI, que el Secretario General de la ONU, el Sr. Kofi Annan, acogió con satisfacción como un "regalo de esperanza para las generaciones futuras".

El 17 de julio de 1998, representantes de 160 Estados adoptaron el Estatuto de Roma de la CPI. 120 Estados votaron a favor, 7 Estados en contra y 21 se abstuvieron, mientras que 12 Estados no asistieron a la votación final, que tuvo lugar luego de la medianoche. Esto dio origen a la primera corte internacional permanente e independiente capaz de investigar y llevar ante la justicia a las personas acusadas de cometer las violaciones más graves del derecho penal internacional, el derecho internacional humanitario y los derechos humanos, a saber: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión.

Sin embargo, los Estados siguen siendo fundamentales para garantizar que los autores de crímenes internacionales rindan cuentas, dado que la CPI no es una organización supranacional, sino una organización internacional basada en la cooperación estatal e interestatal.

En primer lugar, la CPI es un tribunal de último recurso y no sustituye a los tribunales nacionales. Según el Estatuto de Roma, la CPI solo puede intervenir cuando un Estado no puede o no está dispuesto a llevar a cabo una investigación y procesar a los presuntos autores de crímenes internacionales. En segundo lugar, la CPI no tiene una fuerza policial propia, por lo que depende de la cooperación estatal e interestatal para el arresto y la entrega de sospechosos.

Para que el sistema establecido por el Estatuto de Roma de la CPI sea verdaderamente universal y efectivo, los miembros del parlamento (MPs) juegan un papel fundamental. Utilizando sus prerrogativas legislativas, pueden avanzar la ratificación del Estatuto de Roma y sus enmiendas, la implementación del Estatuto en los marcos legales nacionales y la firma de acuerdos de cooperación bilateral con la CPI, así como la ratificación del Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional (APIC, por sus siglas en inglés). Dado que el sistema del Estatuto de Roma no cuenta con el respaldo de ningún órgano parlamentario internacional; la Campaña de PGA para el Estatuto de Roma de la CPI también está diseñada para crear, desarrollar y mantener una circunscripción parlamentaria "global" para la CPI.

En esta página:


The International Criminal Court (ICC) in three minutes

La respuesta: la Campaña para el Estatuto de Roma de la CPI

En septiembre de 1998, PGA lanzó la Campaña para la Universalidad y Efectividad del Sistema del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI). La ratificación del Estatuto de Roma por Ghana, en 1999, fue el primer logro de la Campaña. Tal logro fue el resultado de los esfuerzos del miembro del Comité Ejecutivo de PGA, el Sr. Albin Bagbin (MP), quien redactó una ley para ratificar el Estatuto de Roma y propuso al Gobierno de Ghana que lo transmitiera al Parlamento. En su calidad de Presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos, el Hon. Bagbin presidió un proceso acelerado de aprobación, convirtiendo a Ghana en el cuarto Estado en unirse al sistema del Estatuto de Roma.

La campaña tiene la intención de promover una cultura universal de defensa del Estado de derecho, los derechos humanos y la dignidad humana mediante la lucha contra la impunidad por la comisión del genocidio, los crímenes de guerra, los crímenes contra la humanidad y el crimen de agresión. Estos esfuerzos están en línea con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 16, en particular la Meta 16.3, que compromete a los gobiernos a promover el Estado de derecho a nivel nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

Para lograr su objetivo, la Campaña para el Estatuto de Roma de la CPI persigue lo siguiente:

Estrategia a medida

Para adaptar los esfuerzos de la Campaña a las necesidades de países, grupos de países o regiones específicas, la Secretaría de PGA trabaja con MPs a nivel nacional, regional e internacional.

  1. Países objetivo
    PGA utiliza una metodología entre pares para generar apoyo para la ratificación e implementación doméstica del Estatuto de Roma, al igual que otras iniciativas estratégicas destinadas a combatir la impunidad y garantizar el acceso a justicia para las víctimas.

  2. Grupos de trabajo regionales
    PGA lleva a cabo consultas políticas, legales y estratégicas con un grupo seleccionado de parlamentarios de regiones específicas. Los expertos y los funcionarios de la CPI están invitados a dar su opinión y participar en las discusiones interactivas. Los grupos regionales comprenden:

  3. Parlamentos regionales
    Los miembros y el personal de PGA también monitorean los desarrollos y, de ser possible, asisten y abordan los siguientes parlamentos regionales:

  4. Multilateral Fora
    A nivel internacional, los miembros de PGA y la Secretaría de PGA monitorean los desarrollos y, de ser posible, asisten y abordan los siguientes foros multilaterales:

  5. Asamblea Consultiva de Parlamentarios sobre la CPI y el Estado de Derecho (ACP-CPI)
    La ACP-CPI de PGA se celebra cada dos años y es la única reunión mundial de legisladores centrados únicamente en la CPI. Sus reuniones representan una oportunidad única para varios cientos de parlamentarios de todos los continentes para debater, definir estrategias y mobilizarse a favor del Estatuto de Roma de la CPI.

Guía Parlamentaria Sobre la Corte Penal Internacional

Guía Parlamentaria Sobre la Corte Penal Internacional

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Para descubrir cómo los parlamentarios pueden contribuir a la universalidad y eficacia del sistema del Estatuto de Roma, consulte el Kit Parlamentario de PGA sobre la CPI.

 
Jorge Cálix
¡Escuche el audio aquí! El Dip. Jorge Cálix (Honduras) reflexiona sobre la participación de PGA en la ratificación del Estatuto de Roma por parte del país vecino, El Salvador »

Estados que forman parte del sistema del Estatuto de Roma a febrero de 2024

 
Estados que han ratificado el Estatuto de Roma [124]
 
Estados que han firmado el Estatuto de Roma pero aún no lo han [30]
 
Estados que se han retirado del Estatuto de Roma [2]
 
Estados que no han firmado ni ratificado el Estatuto de Roma
 


124 países forman parte del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. De ellos, 33 son Estados africanos, 19 son Estados de Asia y el Pacífico, 19 son de Europa oriental, 28 de 28 de América Latina y el Caribe, y 25 de Europa occidental y otros Estados.

Estados que han ratificado la enmienda de Kampala al artículo 8 del Estatuto de Roma sobre crímenes de guerra [veneno y balas en expansión en CANI] (2010) [43]
Estados que han ratificado la enmienda de Kampala al Estatuto de Roma sobre el crimen de agresión reflejado en el artículo 8 bis (2010) [43]
Estados que han ratificado la enmienda al artículo 124 del Estatuto de Roma (2015) [18]
Estados que han ratificado la enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma sobre crímenes de guerra [fragmentos no detectables] (2017) [10]
Estados que han ratificado la enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma sobre crímenes de guerra [armas biológicas] (2017) [12]
Estados que han ratificado la enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma sobre crímenes de guerra [armas láser cegadoras] (2017) [10]
Estados que han ratificado la enmienda al artículo 8 del Estatuto de Roma sobre crímenes de guerra [la inanición como crimen en CANI] (2019) [8]
Estados que han ratificado el APIC [79]
Estados que han firmado acuerdos bilaterales con la CPI sobre reubicación de testigos y protección de víctimas* [40]
Estados que han firmado acuerdos bilaterales con la CPI sobre la ejecución de sentencias* [19]
Estados que han firmado acuerdos bilaterales sobre libertad provisional* [2]
Estados que han firmado acuerdos bilaterales de puesta en libertad* [1]
Estados que han adoptado legislaciones nacionales de implementación al menos parciales sobre complementariedad** [71]
Estados que han adoptado legislaciones nacionales de implementación al menos parciales sobre cooperación** [58]

*Como los acuerdos pueden ser confidenciales, estos datos pueden ser parciales.
**Por legislación nacional de implementación, PGA se refiere a leyes nacionales que dan efecto a las obligaciones bajo el Estatuto de Roma de la CPI en el orden legal interno. Los Estados pueden implementar el Estatuto de Roma adoptando una nueva legislación o modificando la legislación existente (por ejemplo, el Código Penal o el Código de Procedimiento Penal). Algunos Estados tuvieron que enmendar su Constitución para alinear su sistema legal con los requisitos del Estatuto de Roma. PGA tiene experiencia en todas estas áreas de reforma legal desde 1999.

 

Logros

Gracias a esta campaña, PGA ha sido reconocida como la red parlamentaria que trabaja en justicia internacional y la CPI.

Los miembros de PGA han sido fundamentales en:

 

Cómo trabajamos

Mediante el uso de una metodología de igual a igual y estrategias adecuadas a cada país, la Secretaría de PGA y sus miembros trabajan juntos para educar, sensibilizar, desarrollar capacidad técnica y fortalecer la voluntad política de los parlamentarios para que tomen iniciativas concretas y acciones legislativas y lograr resultados en el marco de las campañas de PGA.

PGA trabaja con parlamentarios individuales en sus contextos y parlamentos nacionales y a partir de allí crea redes internacionales que conectan a la sociedad civil y los parlamentarios, así como también como los responsables políticos y partes interesadas a nivel nacional e internacional.

Más sobre nuestra Teoría de Cambio

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