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Yemen y el Estatuto de Roma

Firma, ratificación/adhesión al Estatuto de Roma de la CPI
Fecha de firma: 28 de diciembre de 2000
Fecha de ratificación: Aún no lo ha ratificado
Enmiendas al Estatuto de Roma
Ratificación de la Enmienda de Kampala al Artículo 8 del Estatuto de Roma sobre Crímenes de Guerra [uso de armas envenenadas, gases asfixiantes o balas que se ensanchan en CANI] (2010): No.
Ratificación de la Enmienda de Kampala al Estatuto de Roma sobre el Crimen de Agresión reflejada en el Artículo 8 bis (2010): No.
Ratificación de la Enmienda al Artículo 124 del Estatuto de Roma (2015): No.
Ratificación de la Enmienda al Artículo 8 del Estatuto de Roma sobre Crímenes de Guerra [uso de armas biológicas] (2017): No.
Ratificación de la Enmienda al Artículo 8 del Estatuto de Roma sobre Crímenes de Guerra [uso de armas láser cegadoras] (2017): No.
Ratificación de la Enmienda al Artículo 8 del Estatuto de Roma sobre Crímenes de Guerra [fragmentos no detectables] (2017): No.
Ratificación de la Enmienda al Artículo 8 del Estatuto de Roma sobre Crímenes de Guerra [inanición como crimen de guerra en CANI] (2019): No.
Adopción de legislación nacional sobre el Estatuto de Roma de la CPI:

Según las traducciones no oficiales encontradas, Yemen tiene dispone de legislación que implementa de manera incompleta el Estatuto de Roma. El Código Militar yemení (Ley Nº 21/1998), relativo a los delitos y penas militares, no tipifica el genocidio, los crímenes de lesa humanidad ni los crímenes de agresión. El Código criminaliza únicamente algunos actos subyacentes de los crímenes de guerra. No existen disposiciones sobre cooperación con la Corte Penal Internacional.

El Código Militar, así mismo, solo hace referencia a los principios generales sobre "responsabilidad de los jefes y otros superiores" y "órdenes superiores y disposiciones legales". Yemen es Estado Parte en la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad.

Acuerdos de cooperación
Ratificación sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional (APIC): No.
Firma del Acuerdo sobre Ejecución de Sentencias con la CPI: No.
Firma del Acuerdo sobre Libertad Provisional o Liberación Final con la CPI: No.
Firma del Acuerdo Bilateral de Inmunidad con Estados Unidos: Sí. Este acuerdo se refiere a la entrega de personas a tribunales internacionales. Se intercambiaron notas en Washington y Sanaa los días 10 y 17 de diciembre de 2003 y entró en vigor el 17 de diciembre de 2003.