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PGA pide la detención y la entrega a la CPI del Sr. Al-Bashir – El presidente de Sudán, llegó hoy en Kampala, Uganda

PGA pide la detención y la entrega a la CPI del Sr. Al-Bashir – El presidente de Sudán, llegó hoy en Kampala, Uganda

El 4 de Julio de 2004, el Presidente de Uganda Museveni llevó a cabo una rueda de prensa en Londres de manera conjunta con el Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), el Sr. Moreno Ocampo, anunciando que Uganda era el primer Estado africano en referir una situación de crímenes generalizados y sistemáticos de lesa humanidad a la jurisdicción de la CPI. Si bien este evento generó críticas debido a la necesidad de preservar la independencia y la autonomía de la Oficina de la CPI de toda intervención y presión gubernamentales de cualquier tipo, Uganda no violó ninguna disposición del Estatuto de Roma de la CPI. Es mediante este tratado que una abrumadora mayoría de Estados han decidido crear la primera jurisdicción penal permanente para luchar contra la impunidad de los crímenes más graves de derecho internacional.

La Oficina del Fiscal procedió a la investigación de los presuntos crímenes internacionales, incluyendo la esclavización sistemática cometida por parte del 'Ejército de Resistencia (LRA), un grupo extremista violento. Delitos cometido en Uganda o por ugandeses antes de la fecha de entrada en vigor del Estatuto de Roma, 1 de julio de 2002, no pudieron ser procesados debido al principio de no retroactividad incorporado en el Estatuto ratificado por Uganda gracias a la campaña de los MPs del grupo de Uganda de Parlamentarios para la Acción Global (PGA, por sus siglas en inglés).

El 10 de marzo de 2010, el Parlamento de Uganda votó por unanimidad la Ley de la CPI, que implementa todos los principios y normas del Estatuto en el ordenamiento jurídico interno, incluyendo la norma que establece que las inmunidades de los jefes de Estado o de otros funcionarios no serán obstáculo para la detención y la entrega a la CPI.

A pesar de que el apoyo mundial que Uganda recibió después de que remitiera su situación a la CPI fue decisivo para el final del conflicto en el norte de Uganda que victimizaba principalmente civiles; medios de comunicación están informando de que hoy, 12 de Mayo de 2016, Uganda está recibiendo en Kampala un fugitivo de la justicia internacional, el Sr. al-Bashir, Presidente de Sudán. El Sr. Al-Bashir está acusado de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra presuntamente cometidos en Darfur, con respecto a los cuales la CPI tiene jurisdicción sobre la base de una Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que refiere la situación de Darfur a la Corte de La Haya. El Consejo de Seguridad reconoce que acabar con la impunidad en Sudán sería beneficioso para la restauración y mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales en virtud del Capítulo VII de la Carta de la ONU. Este Capítulo  obliga a todos los Estados Miembros de la ONU y todas las organizaciones regionales que, como la Unión Africana, tiene un mandato de buscar la paz y la seguridad únicamente de conformidad con los Capítulos VIII y VII de la Carta de la ONU. Como consecuencia, todas las decisiones tomadas por la UA para la paz y la seguridad en África, entre ellas las relativas a la CPI y la situación de Darfur, no puede contravenir una resolución legalmente vinculante basada en el Capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas; de lo contrario, serían nulas.

De acuerdo con la Ley de Uganda de la  CPI de 2010, el Estado de Uganda debe detener y entregar a Al-Bashir a la CPI, sin tener en cuenta ningún tipo de inmunidad por ser Jefe de Estado.

De este modo, por un lado, Uganda no puede invocar las decisiones de la UA contra la CPI para justificar legalmente la no detención del presidente Bashir en su territorio, ya que éstas no pueden contravenir o dejar sin efecto el marco jurídico que establece la jurisdicción de la CPI en Darfur, en Sudán. Por en el otro lado, si el Estado de Derecho es aplicable en Uganda, el Poder Ejecutivo de Uganda no puede violar su propio orden jurídico y dejar de aplicar sus propias leyes. Estas obligaciones legales no pueden ser alteradas de ninguna manera, ya sea ahora o en el futuro, por la decisión de cualquier Estado de retirarse del Estatuto de Roma o cualquier otra decisión que potencialmente podría colocar Uganda fuera del marco que le corresponde; el de las naciones amantes de la paz que respetan la ley.

A la luz de lo mencionado anteriormente, la red global de PGA que incluye un importante Grupo Nacional en la nueva Legislatura de Uganda, llama a todas las autoridades pertinentes del Estado de Uganda para tomar medidas inmediatas para remediar esta situación y ejecutar sin demora la solicitud de la CPI de detención de al-Bashir, sobre la base de las leyes aplicables.

PGA cree que esa medida sería en el mejor interés de la paz, la democracia y el Estado de Derecho en el mundo, incluyendo Sudán, dado que el Sr. Al-Bashir es un individuo que se beneficia de la presunción de inocencia y tiene el derecho de defenderse de las acusaciones extremadamente graves formuladas contra él ante un tribunal competente e independiente; y que las víctimas de las atrocidades y crímenes en serie supuestamente cometidos por el Sr. al-Bashir en Darfur tienen el derecho inalienable a acceder a la justicia, conocer la verdad de manera oficial por un tribunal competente e independiente. La Corte Penal Internacional representa el único recurso disponible y eficaz para remediar las atrocidades cometidas en Darfur, Sudán.

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